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Actualidad Jurídica

La Superintendencia de Mercado de Valores, aprobó los “Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes”

Además cumpliendo con el principio de transparencia e información deben publicar los lineamientos en los medios de comunicación de la compañía como página web, reporte, redes sociales, entre otros. Cabe precisar que no se trata de un dispositivo legal que recomiende a las sociedades peruanas adoptar criterios de calificación sino se trata de pautas establecidas por la entidad reguladora con cumplimiento obligatorio, siempre y cuando, la empresa tenga un valor inscrito en el Registro Público del Mercado de Valores y se encuentre obligada a presentar el "Reporte sobre el cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las sociedades peruanas”. Esta obligatoriedad entra en vigor desde el 1 de enero del próximo año para aquellas sociedades que designen a sus nuevos directores como independientes. Aquellas compañías donde el director independiente culmine su periodo posterior a la fecha de entrada en vigencia, podrán seguir utilizando sus criterios de calificación. Para el año 2021 todas las empresas sin excepción deberán adoptar los lineamientos de la norma.


En una perspectiva del Derecho Corporativo y aplicando el Buen Gobierno Corporativo es una norma positiva por cuanto busca establecer los criterios mínimos para designar a los directores como independientes, por cuanto hasta la actualidad los estándares en varias empresas no cumplen su objetivo que busca una verdadera administración profesional en beneficio de la sociedad, donde priman los intereses sociales sobre los intereses particulares de los socios.


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